La revista The Legal Industry Reviews (LIR) República Dominicana, publicó un artículo en su tercera edición de la autoría de José Maldonado Stark y César Ariel Sánchez Mieses, socio gerente y asociado senior de la firma, titulado «Acceso de las empresas extranjeras a la exploración de hidrocarburos en suelo dominicano». A continuación, compartimos el artículo completo:
Acceso de las empresas extranjeras a la exploración de hidrocarburos en suelo dominicano
El petróleo sigue siendo el combustible fósil de mayor demanda en el mercado, por la amplia gama de aplicación de sus derivados en distintos rubros de la economía. De ahí la importancia que le dan los Estados al aprovechamiento de este recurso natural a través de su exploración y explotación, siendo esta una actividad minera de alto interés público al tenor del artículo 17 de la Constitución de la República Dominicana.
En esa tesitura, recientemente, el Senado de la República aprobó un proyecto de ley para modificar el artículo 4 de la Ley 4532 sobre exploración y explotación de los yacimientos de petróleo e hidrocarburos. Esta modificación abre la posibilidad a que empresas de capital extranjero puedan explorar, explotar y beneficiarse de los yacimientos antes mencionados, cumpliendo ciertas condiciones específicas.
Nuestras leyes Mineras de otrora y la vigente a la fecha, excluyen de su ámbito de aplicación a la explotación del petróleo y sus derivados. De allí entonces que para el mes de septiembre del año 1956 se promulgó la Ley 4532 para regular específicamente lo relacionado a la explotación del petróleo y los hidrocarburos, creando así un régimen especial para este rubro, ahora extensible de forma inequívoca a las empresas extranjeras conforme al proyecto de ley antes mencionado.
Según la nueva redacción del artículo 4 de la Ley 4532 “podrán concederse los mismos derechos [de exploración, explotación y beneficio de los yacimientos] a los extranjeros a través de personas jurídicas nacionales o extranjeras, de naturaleza privada, pública o mixta. En todos los casos, el contrato o concesión que intervenga se regirá por la legislación de la República Dominicana en lo referente a los derechos otorgados”.
Llama la atención que se ha incluido que las empresas extranjeras que se beneficien de esa norma sean de naturaleza privada, pública o mixta, toda vez que la redacción anterior prohibía expresamente que “gobiernos extranjeros” tuviesen el derecho a beneficiarse de lo establecido en esa ley, ya sea actuando de forma directa o como socios, coasociados o accionistas. Como resultado, al permitirse que una empresa extranjera pública o mixta sí pueda tener los mismos derechos que una local, se da apertura a un mayor rango de posibilidad de inversión en el sector.
Por su parte, en el caso de empresas extranjeras de naturaleza privada que pretendan beneficiarse de la norma, el párrafo de la nueva redacción del artículo 4 dispone que dichas entidades deberán contar con accionistas dominicanos que ostenten una participación mínima de 15% del capital social.
Si bien esto último garantiza una cuota de intervención de nacionales en el mercado, habría que evaluar la posibilidad de que esa asignación mínima obligatoria constituya una restricción o discriminación económica que pudiere ser contraproducente al incentivo de la inversión extranjera que se pretende captar, especialmente en un mercado que requiere una inversión inicial significativa y con criterios técnicos elevados. Sobre todo, teniendo en cuenta que el artículo 221 de la Constitución de la República promueve que la actividad empresarial sea en igualdad de condiciones para la inversión nacional y extranjera.
Al igual que el Senado de la República, la Cámara de Diputados aprobó esta iniciativa legislativa, por lo que ahora deberá pasar al Poder Ejecutivo y restaría confirmar que sea efectivamente promulgada y evaluar los efectos de su eventual puesta en ejecución.
*** Russin, Vecchi & Heredia Bonetti ofrece esta publicación solo como información general y la misma no debe considerarse asesoría legal para casos específicos.
Redactado por:
Socio Gerente
Asociado Senior
Revista LIR República Dominicana: https://www.flipsnack.com/cejchile/the-legal-industry-reviews-dom-republic-edition-3-july-2025/full-view.html?p=44





