La revista The Legal Industry Reviews (LIR) República Dominicana, publicó un artículo en su cuarta edición de la autoría de José Maldonado Stark y Laura Cruz Félix, socio gerente y asociada senior de la firma, titulado «Minería y zonas núcleo y de amortiguamiento: Claves de la Resolución 013/2025». A continuación, compartimos el artículo completo:
Minería y zonas núcleo y de amortiguamiento: Claves de la Resolución 013/2025
La Resolución Núm. 013/2025 del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) dispone la prohibición inmediata de la extracción de material, la dinamitación y cualquier actividad minera en la zona núcleo y de amortiguamiento del Monumento Natural Cuevas de Borbón o del Pomier. Más allá de su alcance puntual, este acto administrativo reabre un debate técnico-jurídico de gran interés para el sector: la extensión de las restricciones a la minería cuando colindan con áreas protegidas y, en particular, con sus zonas de amortiguamiento.
El marco normativo dominicano resulta clave para comprender esta discusión. La Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales Núm. 64-00 y la Ley Sectorial de Áreas Protegidas Núm. 202-04 establecen los fundamentos regulatorios. A su vez, el Decreto Núm. 571-09 define disposiciones específicas sobre las zonas de amortiguamiento, mientras que la Resolución Núm. 0010/2018 del MIMARENA reglamenta de manera general su manejo. Estos instrumentos jurídicos incorporan principios de prevención y precaución, obligando a que los terrenos nucleares y orbitales de las áreas protegidas sean objeto de autorizaciones ambientales y permisos conexos.
La Resolución Núm. 013/2025 adopta un enfoque multidimensional: además de prohibir la actividad minera, ordena la apertura de procedimientos sancionadores, establece mecanismos de coordinación interinstitucional para la elaboración de un plan de remediación con apoyo académico y dispone su notificación a la Dirección General de Minería y a los viceministerios competentes del MIMARENA. Este diseño normativo busca reforzar la capacidad del Estado para garantizar una protección integral.
Desde el punto de vista práctico, la medida tiene consecuencias inmediatas para la industria minera, al imponer un cierre de facto a operaciones en curso bajo la justificación de salvaguardar un patrimonio natural y cultural de alto valor. Sin embargo, en el plano jurídico surgen cuestionamientos relevantes sobre su constitucionalidad y validez procedimental. En particular, se plantea si la regulación de las zonas de amortiguamiento por resoluciones administrativas –tanto la Resolución 0010/2018 como la propia 013/2025– respeta el principio de reserva de ley. La Constitución dominicana exige que toda limitación de derechos fundamentales, como la libertad de empresa o el derecho de propiedad, se establezca mediante una ley orgánica, lo cual podría tornar vulnerables dichas disposiciones frente a un eventual control constitucional.
Este caso refleja los desafíos derivados de la colisión entre minería y medio ambiente: de un lado, la obligación del Estado de preservar ecosistemas y patrimonios culturales; de otro, la necesidad de asegurar seguridad jurídica y certeza normativa a los emprendimiento, empresas e inversiones. En este contexto, la tensión entre libertad de empresa y protección ambiental se proyecta como un eje central de la política pública.
La jurisprudencia comparada demuestra que los tribunales suelen inclinarse por la prevalencia del interés ambiental, aunque siempre con sujeción a los límites constitucionales.
En conclusión, el debate sobre las zonas de amortiguamiento seguirá siendo clave para el futuro del país. Cualquier política pública en la materia debe conjugar la protección ambiental con el respeto a la Constitución, evitando excesos regulatorios que comprometan derechos fundamentales. La resolución analizada, más allá de su efecto inmediato, constituye un recordatorio de la necesidad de un marco normativo claro, coherente y respetuoso de los principios constitucionales, capaz de equilibrar inversión y sostenibilidad.
The Legal Industry Reviews: Dominican Republic
*** Russin, Vecchi & Heredia Bonetti ofrece esta publicación solo como información general y la misma no debe considerarse asesoría legal para casos específicos.
Redactado por:
José Maldonado Stark
Socio Gerente
jmaldonado@rvhb.com
Laura Cruz Félix
Asociada Senior
lcruz@rvhb.com





